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CONVOCATORIA AYUDAS REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE VIVIENDAS EN MUNICIPIOS DE RETO DEMOGRÁFICO DE CLM
Resolución de 28/10/2021, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en viviendas y en edificios de viviendas existentes, en ejecución del programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000) de Castilla-La Mancha.
Objeto:
Convocatoria de ayudas, mediante procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva simplificado, cuya finalidad es contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, mediante la realización de actuaciones de rehabilitación energética en viviendas y en edificios de vivienda existentes exclusivamente en municipios de reto demográfico de Castilla-La Mancha.
Municipios de reto demográfico:
a) Los municipios de hasta 5.000 habitantes ubicados en Castilla-La Mancha.
b) Los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes. La caracterización de municipio “no urbano” se determinará de acuerdo con lo establecido en la publicación “Atlas Estadístico de las Áreas Urbanas” del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Las entidades singulares de población serán aquellas cuya denominación y código de nueve cifras figuran en el Nomenclátor del INE, y la determinación de su población a estos efectos se realizará de acuerdo con lo publicado por éste.
Cuantía de las ayudas:
1. La cuantía de las ayudas para las actuaciones a subvencionar en el marco de esta convocatoria se establece en el anexo I y IV del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto.
2. La intensidad de la ayuda a otorgar será la suma de la ayuda base y la ayuda adicional.
3. La ayuda base es un porcentaje del coste subvencionable en función del tipo de actuación de mejora de la eficiencia energética:
a) Tipo 1. de la envolvente térmica: Opción A 50%, Opción B 40%.
b) Tipo 2. de las instalaciones térmicas: Opción A 40%, Opción B 30%.
c) Tipo 3. de las instalaciones de iluminación: Opción A 20%, Opción B 20%.
4. La ayuda adicional se cifra en un porcentaje variable del coste subvencionable en función del tipo de actuación y de los siguientes criterios según indica la resolución:
a) Aplicación de criterios sociales, solicitantes con bono social, edificios de VPP o viviendas integradas en un área de regeneración y renovación urbana y rural (Arrur).
b) Mejora de eficiencia energética, si elevan la calificación energética del edificio para obtener una clase energética “A” o “B”, en la escala de CO2, o bien, incrementen en al menos dos letras en la calificación energética de partida.
c) Actuación integrada, cuando se realicen simultáneamente actuaciones de los tipos mencionados anteriormente, siendo obligatoriamente una de ellas del Tipo 1.
Plazo presentación de solicitudes: inicio 04/11/2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
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